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lunes, 12 de marzo de 2012

La excedencia será un mérito



No quéría dejar de compartir con vosotras esta noticia. Me gusta porque es contraria a todo lo demás que conozco.... Alguien se acuerda de las que lo dejamos todo por cuidarlos.... 

La excedencia para cuidar hijos computa para escalar en la Administración

Una sentencia pionera avala que el permiso se considere un mérito

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La Audiencia Nacional ha establecido en una sentencia pionera en España que el tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos debe ser computado a efectos de antigüedad en los concursos de méritos o promoción interna en la Administración General del Estado. Así lo ha acordado en una sentencia el Juzgado Central de lo contencioso-administrativo que estima parcialmente el recurso de una funcionaria de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil contra la decisión del Ministerio del Interior de no valorar el tiempo que estuvo de excedencia en el concurso de méritos convocado el 30 de octubre del 2009.
Según han informado fuentes jurídicas, la sentencia ya es firme porque la Abogacía del Estado, que se opuso a las pretensiones de la demandante, ha decidido no recurrirla.
La funcionaria tomó posesión de su puesto actual el 18 de septiembre del 2007 y el 5 de noviembre de ese año se le concedió una excedencia voluntaria por cuidado de hijos, de la que se reincorporó el 3 de abril del 2009. La sentencia señala que en el concurso de méritos se tuvo en cuenta como fecha de toma de posesión del puesto esa última -3 de abril del 2009- y no el 18 de septiembre del 2007, tal y como consta en la documentación de la causa.
El magistrado Manuel Ponte advierte en su resolución de que, hasta ahora, la doctrina jurisprudencial «ha sido contraria» a considerar el tiempo transcurrido en excedencia voluntaria para el cuidado de hijos a la hora de valorar en los concursos el trabajo desarrollado.

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